Registro de Cosméticos en la UE
ZURKO RESEARCH
Registro de Cosmético en la UE
A continuación se detallan los pasos necesarios para introducir un producto cosmético en el mercado Europeo:
Expediente de información sobre el producto (PIF)
Contiene la información más importante sobre el producto cosmético (Descripción del cosmético, Informe sobre la seguridad del producto Parte A + Parte B, Proceso de fabricación, Etiquetado y Prueba del efecto reivindicado) y muestra sus características, su seguridad y su eficacia.
Informe sobre la seguridad del producto cosmético (CPSR)
Representa la parte principal del PIF y se divide en dos partes:
Parte A: Información sobre la seguridad del producto cosmético (composición cuantitativa y cualitativa, características fisicoquímicas y estabilidad, calidad microbiológica de sustancias, mezclas y del producto acabado, impurezas, trazas e información sobre el material de embalaje, utilización normal y razonablemente previsible, exposición al producto cosmético, exposición a las sustancias, descripción del peligro toxicológico de cada ingrediente del producto acabado, notificación de efectos no deseados y graves no deseados).
Parte B: Evaluación de seguridad del producto cosmético (conclusión de la evaluación de seguridad, etiquetado con advertencias e instrucciones de uso, razonamiento científico, credenciales del evaluador de seguridad y aprobación de la parte B).
Revisión de la composición, etiquetas y reivindicaciones
Revisión de la composición de cada producto y de las pruebas que demuestren las reivindicaciones del producto cosmético acorde al Reglamento UE nº 655/2013, por el que se establecen los criterios comunes a los que deben responder las reivindicaciones relativas a los productos cosméticos.
Notificación al portal CPNP
Cualquier organización que desee comercializar un cosmético en Europa deberá notificarlo previamente a través del Portal Europeo de Notificación de Productos Cosméticos (CPNP). El uso del CPNP es obligatorio desde el 11 de julio de 2013. Se trata de una pagina web que únicamente pueden utilizar las Personas Responsables y las autoridades competentes para acceder a la información de un determinado producto.
Servicio de Responsible Person
El Reglamento EU 1223/2009 requiere la designación de una Persona Responsable para cualquier producto cosmético que se comercialice en Europa. Esta figura ejerce de punto de contacto con las autoridades sanitarias competentes, actuando como garante de la conformidad del producto cosmético, asegurando el cumplimiento de todas las obligaciones pertinentes establecidas en el presente Reglamento.